ACORDES EN LA SEGUNDA ETAPA (CONCURSO DE OPOSICIÓN DOCENTE)
Hace más de un año de estas violaciones, que la ADP, de alguna forma denunció y fue cómplice a la vez, pues al final cedió al juego del MINERD, con los contratos docentes.
La paradoja
planteada anteriormente, realmente
sucedió de la siguiente manera: en el Concurso de Oposición Docente 2019, los
más de 50 mil postulantes, que
participaron en una primera etapa, fueron evaluados, con un examen de administración de empresas,
además, según la propia ADP, violaron el acuerdo establecido, en cuanto al
puntaje requerido para aprobar, de forma tan grotesca, que de esos más de 50
mil docentes postulantes, a penas aprobaron,
unos 10 mil participantes a la
segunda etapa. La Asociación Dominicana
de Profesores (ADP), descubrieron las verdaderas intenciones de las autoridades
actuales, reprobar la gran mayoría, para
luego contratar el mismo personal, que según el sistema, no tenían las
competencias necesarias, para ser nombrados. Abandonan el concurso, dejando
esos 10 mil participantes a merced del MINERD, que tenían claramente
determinados, sus objetivos desde el
principio, en pocas palabras, el único árbitro que pudiese decirse imparcial,
abandona el concurso. En la segunda etapa, con una ADP neutralizada, se
atrevieron a violar descaradamente, la propia Ley General de Educación 66-97,
el Estatuto Docente y la Ordenanza 29-2019.
Ley
General de Educación 66-97, art 132 numeral B: El Estatuto del Docente es el
conjunto de disposiciones legales que tiene por objeto: Garantizar la calidad
de la educación mediante la selección, evaluación y promoción del personal
docente, sobre la base de méritos y aptitudes, y atendiendo a los intereses de
los educandos, los padres de familia y la comunidad.
Estatuto
docente art. 16: El ingreso a la carrera docente,
cualquiera sea la clasificación, cargo y categoría, se efectuará mediante
concurso de oposición de antecedentes profesionales, prueba de oposición y
entrevista personal, que al efecto establezca la Secretaría de Estado de
Educación sin discriminación por razones de edad, credo, raza, sexo o
afiliación política. Nota (prueba de oposición y entrevista personal).
Orden Departamental
29-2019, art. 25. De los aspirantes a
ocupar cargos de vacantes, solo serán aceptados los que después de ser
evaluados en las diferentes pruebas, y superar los mínimos establecidos,
obtengan calificación mínima de setenta puntos (70) de una máxima de cien
puntos (100).
Vista la Ley
General de Educación 66.97, Estatuto Docente y la Ordenanza 29-2019. De los más
de 50 mil participantes en la primera etapa, unos 10 mil fueron a una segunda,
pero, si en la primera etapa, hubo
cierto fraude y cambios de las competencias a evaluar, en la segunda, se mantuvo el algoritmo de una manera más atroz
y evidente. Los participantes, fueron
evaluados en base a 90 puntos, esto quiere decir, que el algoritmo aprobaba solamente
a quienes sacaran una puntuación mínima de 70 puntos, de una máxima de 90 puntos, en total violación
a la Orden departamental 29-2019. Además, hagamos un pequeño cálculo
matemático, si dividimos 70 entre 90, el resultado es el siguiente: 0.77 al
multiplicarlo por 100= 77.7, redondeado= 78. El cálculo anterior quiere decir,
que para aprobar el concurso, en la
segunda etapa, e ir a la entrevista, se necesitaba
un promedio de 78 puntos, una franca violación, al Estatuto Docente y un completo abuso. Para
los genios creadores de ese algoritmo ¿En qué país del mundo, necesitas un 78-100 para aprobar una prueba?
Además, según el Estatuto Docente art. 16,
los participantes tienen derecho a la entrevista, (10 puntos), esto quiere
decir, que todo aquel que sacó de 60 puntos en delante, de una máxima de 90, tiene derecho a la
entrevista que vale 10 puntos, e intentar aprobar y ser evaluado, con una mínima de 70 puntos y una máxima de
100, tal como establece la propia Ordenanza 29-2019. Sé, que aparecerán unos analistas que afirmarán, que en la ordenanza 29-2019, hay un artículo
que establece, que para ir a la
entrevista, se necesita aprobar con
70-90 puntos. Recordemos lo siguiente: en el 2019, Leonel Fernández, pierde la candidatura,
para ser candidato presidencial, la Ley
de Partidos, le prohibía presentarse
como candidato, pero existe algo que se llama CONSTITUCIÓN, la cual establece:
que todos los ciudadanos en pleno ejercicio, tienen derechos a elegir y a ser
elegidos, sencillamente, la Ley de Partidos,
no puede estar en contra, ni tener más autoridad que la propia Carta Magna. Dicho lo anterior,
un artículo de una ordenanza, jamás puede tener más valides, que la Ley General de Educación 66-97; la Ley
de Educación es la carta magna de los profesionales de educación.
Hace más de
un año de estas violaciones, que la ADP, de alguna forma denunció y fue
cómplice a la vez, pues al final cedió al juego del MINERD, con los contratos
docentes.
Entendemos y
estamos conscientes, del rol de nuestras
nuevas autoridades, de toda la presión frente a este nuevo año escolar, pero
hay una realidad, necesitan más de 20 mil nuevos docentes. Existe algo que se
llama continuidad de estado, entonces ¿Porqué no cumplir con la Ley General de Educación
66-97,Estatuto Docente y darle la entrevista, a esos más de 2 mil docentes que el sistema rechazó,
que por ley le corresponde? ¿Por qué no convocar a concurso para las plazas restantes?
Entendemos que hay una pandemia mundial, pero a todo se le ha buscado un
protocolo, menos al concurso docente, recientemente, nuestro propio presidente anunció, que se
contempla la posibilidad, de dar clases presenciales
a los alumnos que así lo deseen, con el consentimiento de sus padres.
Recordamos a las actuales autoridades, su posición en la pasada campaña
electoral, y en el propio cierre de
campaña: respetar y cumplir las leyes dominicanas, esta es su mejor oportunidad
para demostrar ese discurso.
Auguramos
éxitos a las actuales autoridades, ojalá y no sean tan famélicas de poder y de dinero como las
anteriores. Nos mantendremos neófitos con el Concurso de Oposición Docente,
vamos a colaborar, identificando el protocolo utilizado en México, que realizó
el concurso docente en plena pandemia.
Distinguido
Ministro Roberto Fulcar, los acordes de la primera etapa, demostraron competencias, frente a un fraude en la primera etapa, mas fueron vencidos, por un algoritmo y violación a la ley de
educación en una segunda etapa. Le pedimos ser coherente, como lo ha sido hasta
el momento, y darle continuidad a este abuso, cometido por las autoridades
pasadas, llame esos docentes, que
sacaron una puntuación de 60 en adelante, cédale la entrevista, que por ley le
corresponde; convoque a un Concurso de Oposición
Docente, que según el Estatuto Docente
art.16, debe realizarse 2 veces al año.
Culmino
con la siguiente frase:
La
peor lucha es la que no se hace ( Karl Max )
Somos educadores RD, luchamos por los derechos del magisterio nacional
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